Derecho penal — Compliance penal
Compliance Penal para empresas en Las Palmas y Canarias
Si su empresa comete un delito en su seno —fraude, corrupción, delitos contra la Hacienda Pública o la Seguridad Social—, la responsabilidad penal puede alcanzar también a la persona jurídica, no solo a quien lo cometió. La única vía para quedar exenta es acreditar que existía un modelo de organización y control real, no de plantilla.
Qué incluye nuestro servicio
- Mapa de riesgos penales específico de su actividad y su sector
- Diseño e implantación del modelo de organización y control (art. 31 bis CP)
- Canal ético o de denuncias internas
- Formación al órgano de administración y a la plantilla
- Revisión y actualización periódica del modelo ante cambios normativos o de actividad
- Defensa penal de la empresa y de sus administradores si, pese a todo, se abre un procedimiento
En Cautio Legal diseñamos e implantamos modelos de Compliance Penal (artículo 31 bis del Código Penal) adaptados al tamaño y actividad real de su empresa, y los coordinamos desde el mismo equipo que lleva lo mercantil, lo fiscal y lo laboral — porque un programa de compliance que no encaja con cómo funciona realmente la empresa no sirve de nada ante un tribunal.
Un modelo de compliance no se juzga por su grosor, sino por si alguien lo sigue de verdad. Ante un tribunal, un documento firmado una vez y archivado pesa lo mismo que no tener nada.
Por eso no entregamos una plantilla: implantamos un modelo vivo, coordinado con quien ya lleva la contabilidad y la gestoría de su empresa, para que encaje con cómo trabaja realmente y quede constancia fechada de que se sigue.
Si el compliance llega tarde y el procedimiento ya está en marcha, así es como llevamos la defensa en penal económico.
Quién lleva su asunto
Cómo trabajamos
Nos cuenta su actividad
Analizamos el sector, el tamaño y la estructura societaria de su empresa.
Mapa de riesgos y estrategia
Identificamos los delitos con más probabilidad de materializarse en su actividad y diseñamos el modelo de prevención correspondiente.
Implantación y seguimiento
Ponemos en marcha el modelo, formamos a su equipo y lo revisamos periódicamente para que siga siendo eficaz.
Preguntas frecuentes
¿Qué empresas necesitan un plan de Compliance Penal?
Cualquier empresa, con independencia de su tamaño. La exención de responsabilidad penal de la persona jurídica solo aplica si existe un modelo de organización y control adecuado antes de que se cometa el delito.
¿Un compliance "de plantilla" sirve para eximir de responsabilidad?
No. Los tribunales exigen que el modelo sea real y adaptado a la actividad concreta de la empresa, no un documento genérico sin implantación efectiva.
En una pyme, ¿quién debe asumir la supervisión del modelo?
El Código Penal permite que, en las personas jurídicas de pequeñas dimensiones —las autorizadas a presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada—, las funciones de supervisión las asuma directamente el órgano de administración. Esto simplifica la estructura, pero no reduce el nivel de exigencia: sigue haciendo falta el mapa de riesgos, los protocolos y el canal de denuncias.
¿Cuánto tarda en implantarse un modelo de Compliance Penal?
Depende del tamaño y la actividad, pero un modelo proporcionado para una empresa pequeña es perfectamente abordable en semanas, no en meses. Lo que no es abordable es improvisarlo cuando ya ha llegado la citación.
¿Qué pasa si ya hay una investigación abierta?
Podemos asumir la defensa penal de la empresa y de sus administradores, y valorar si el compliance existente, aunque tardío, puede aportar en el procedimiento.
¿Cuánto cuesta implantar un plan de Compliance Penal?
Depende del tamaño y la actividad de la empresa. Le damos un presupuesto cerrado tras el análisis inicial, sin coste.
¿Su empresa tiene un modelo de prevención real?
Cuéntenos su actividad. Analizamos su exposición a riesgo penal sin compromiso y le decimos con claridad qué necesita su empresa.
